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Cómo tramitar el nuevo pasaporte Colombiano
(En Medellín)

Desde el 15 de julio de 2018 se empezó a expedir en el país y en consulados de Colombia a nivel mundial el nuevo pasaporte, considerado por las autoridades como imposible de falsificar.

Este cambio lo debe realizar quien haya tramitado su pasaporte antes de 2011, (es decir el que tiene páginas color rosa y la foto a color).

Si posee pasaporte de lectura mecánica o electrónico no deberá cambiarlo.


TRAMITE SU PASAPORTE

1. Si se encuentra en Antioquia, ingrese a https://sedeelectronica.antioquia.gov.co/publicaciones/227/solicitud-de-citas–tramite-de-pasaportes/
2. Realice su primer pago por un valor de $143.000 COP en los corresponsales bancarios de Effecty, vía Baloto o Place to pay.
3. Agende su cita.
4. Asista a su cita.
También podrá realizar estos pasos a través de la App “mi pasaporte al día”.
Horario de atención:  Lunes a viernes 9:00am a 4:00pm.
Dirección: Calle 42 #52-106 Gobernación de Antioquia, Oficina de Pasaportes – Primer piso. Medellín.
Línea Gratuita: Medellín 409 90 00 | 018000 419000 | #774 | WhatsApp 300 305 0295
Correo: pasaportes@antioquia.gov.co

El día de la cita: Debe presentarse 10 minutos antes de la hora de su cita.
Solo se admite el ingreso de un acompañante para adultos mayores de 60 años, mujeres en período de gestación o con niños de brazos hasta los dos años, personas con movilidad reducida y para menores de edad que vayan a tramitar pasaporte electrónico.
Revise muy bien los documentos que debe presentar el día de su cita, especialmente los de menores de edad o si usted posee una contraseña de la C.C. o T.I., que se muestran a continuación o consultando en www.antioquia.gov.co , sección trámites y servicios, pasaportes.

Sin la totalidad de los documentos, el pasaporte no será tramitado y deberá solicitar una nueva cita.


DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL TRÁMITE

Documentos para mayores de edad
1. Cédula de ciudadanía: original en formato válido vigente, en perfecto estado.
2. Contraseña por duplicado o renovación con foto y huella: además tendrá que anexar un certificado de vigencia de cédula, el cual puede reclamar en la Registraduría Nacional o descargarlo desde el sitio web www.registraduria.gov.co
3. Contraseña por primera vez: Debe ir acompañada del folio de Registro civil de nacimiento.
4. Contraseña por rectificación de datos: Tendrá que esperar a que su documento original (cédula) esté disponible,  ya que dicha contraseña no se admite para trámite de pasaportes en el país.
Nota: Si al consultar la cédula el día de la cita en www.registraduria.gov.co , ésta ya está lista, debe ser reclamada antes de la realización del trámite.

Documentos para menores de edad
Para realizar el trámite de un menor de edad se requiere el acompañamiento de uno de sus padres o de un representante legal, quienes quien se identificarán con su cédula de ciudadanía original en formato válido.
Si el acompañante es uno de los padres: Tendrá que presentar folio del registro civil de nacimiento original, anexar tarjeta de identidad original (si tiene más de 7 años de edad) y la cédula del padre que lo esté acompañando.
Contraseña de tarjeta de identidad: Tendrá que presentar la original (vigencia inferior a 6 meses) con foto documento y huella. También puede tramitar con la contraseña digital que actualmente genera la Registraduria, debe llevarla impresa. Anexe el folio del registro civil de nacimiento original.
No se admiten fotocopias de folio de registro civil de nacimiento autenticadas, ni segunda copia para el usuario. 
El sello de la notaria debe indicar que coincide con el original que reposa en los archivos de dicha oficina. Los folios de registro civil de nacimiento siempre deberán estar firmados por el funcionario expedidor.
Si el acompañante es un representante legal diferente a los padres: Debe presentar poder notarial, consular o de juez, otorgado por ambos padres con una vigencia de 60 días, debe ser explícito para el trámite del pasaporte, debe contener reconocimiento de firma y huella. En este ambos padres o cada uno de ellos autoriza la realización del trámite. Deberá estar acompañado de las fotocopias de sus cédulas. Si el poder es de notaria extranjera deberá anexar su respectiva apostilla.
Si el poder está otorgado vía escritura pública y tiene más de 60 días de haber sido emitida, se deberá solicitar del notario una nota de no revocatoria.
Autorización proveniente del ICBF: Si existe proceso legal en torno a la patria potestad del menor, o se declara ausencia de los padres.
Recuerde revisar muy bien que los documentos no presenten ningún tipo de enmendadura o ausencias de datos como números de identificación y nombres.
Casos de adopción: Además de los requisitos de menor de edad, presentar copia de la sentencia o escritura pública de adopción para validar la plena identidad colombiana (no será escaneada en el proceso)
Hijos de padres extranjeros: Si el hijo es colombiano, nacido de dos padres extranjeros si al momento de nacer uno de los padres portaba visa colombiana.
-Nota 1: Para estos caoss siempre se valida el tipo de visa que portaba el padre o la madre y su fecha de expedición. Presente la visa al momento de trámite y el documento que aparece relacionado en el folio de registro civil del menor de edad (ej: DNI, Pasaporte, cédula de extranjeria etc).
-Nota 2: El folio de registro civil de un menor de edad hijo de padres extranjeros siempre debe incluir, en el espacio para notas, una observación que dice “válido para demostrar nacionalidad”.
-Nota 3: El documento presentado por los padres debe coincidir con la información del folio del registro civil del menor, lo que indica que, si se ha cambiado de pasaporte o se ha pasado de pasaporte a cédula de extranjeria, el folio debe contener la nota que así lo aclare, agregada en la notaría.
-Nota 4: Los menores de edad deben renovar su pasaporte cuando cambien de tipo de documento de identificación, esto es, al obtener tarjeta de identidad (7 años) y al expedir su cédula (18 años).
-Nota 5: Cuando uno de los padres haya fallecido deberá presentar registro de defunción.
Recuerde presentar los documentos en perfecto estado, no se reciben el folio del registro civil de nacimiento plastificado ni deteriorado.

 


¿QUIÉNES DEBEN RENOVAR EL PASAPORTE?

1. Quienes porten pasaporte convencional, los cuales dejaron de ser útiles en el mundo desde noviembre 25 de 2015.
2. Quienes actualicen su tipo de documento de identificación. Pasan de tener registro civil a tarjeta de identidad, o de tarjeta de identidad a cédula de ciudadania.
3. Por deterioro, pérdida o robo.

TARIFAS

Pasaporte Ordinario $258.000 (32 páginas): Se divide en dos pagos, el primero corresponde al impuesto departamental ($143.000 COP), el segundo pago corresponde al pago de la cancillería ($115.000 COP)

Pasaporte Ejecutivo $348.000 (48 páginas): Se divide en dos pagos, el primero corresponde al impuesto departamental ($143.000 COP), el segundo pago corresponde al pago de la cancillería ($205.000 COP)

Pasaporte de emergencia $251.000 (8 páginas): Se divide en dos pagos, el primero corresponde al impuesto departamental ($90.000 COP), el segundo pago corresponde al pago de la cancillería ($161.000 COP)


OTROS TEMAS DE INTERÉS

1.Todo el proceso de la oficina de pasaportes está soportado por la Cancilleria en la resolución 10077 de diciembre 21 de 2017.
2.El procedimiento de formalización del pasaporte (toma de foto, huella y revisión de documentos) está sujeto a ser revisado antes de ser impreso por parte de la Cancillería, el cual puede requerir su presencia nuevamente en su oficina.
3. Para la toma de la fotografía el rostro debe estar libre de accesorios u otro tipo de elementos que alteren la fisionomía.
4. El pasaporte solo se puede entregar en la oficina (ciudad) donde fue expedido.
5. La entrega del pasaporte es personal de lunes a viernes de 7:30 A.M. hasta las 7:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 M. Podrá reclamarlo a partir dee cuarto día hábil.
6. El tiempo de reclamación, si existe algún tipo de inconsistencias en cuanto a datos biográficos es de 30 días hábiles, tiempo en el cual puede ser corregido sin ningún tipo de costo.
7. El periodo máximo de permanencia del pasaporte en la oficina es de 6 meses, contados a partir de la fecha de expedición, después de este periodo es devuelto a la cancillería con el fin de ser destruido.
8. La Oficina de pasaportes de Antioquia, se reserva el derecho de solicitar documentos complementarios para el trámite, cuando lo considere necesario, amparados en la resolución 10077 de 2017 art. 9, punto 2, parágrafo 1 y 2.
9. El número de pasaporte será el mismo alfanumérico asignado a la libreta. Siempre que se emita un pasaporte cambiará su número.
10. Los colombianos con doble nacionalidad deben ingresar, permanecer y salir del territorio nacional con pasaporte colombiano vigente, según lo establece el decreto 834 de 2013 en su artículo 18.
11. Si participó en las elecciones más recientes, presente el certificado electoral para acceder a un descuento del 10% en el recibo del banco Sudameris. Este descuento solo aplica para el pasaporte del portador del certificado, no es un beneficio extensible a terceros.
12. Si posee pasaporte anterior, recuerde presentarlo para su respectiva revisión y anulación. Si lo perdió debe notificar esa situación durante el proceso bajo la gravedad de juramento.
Para mayor información puede consultar la página www.antioquia.gov.co , a través de las lineas de atención ciudadana 409 9000, Whatsapp 300 305 0295 o a través de la línea gratuita nacional 018000419000 o marcando el #774.
Actualizado 03 sept /2020